En la mira
Bienvenido!
Somos una empresa dedicada a la consultoría, orientación y asesoría en el Sistema de Seguridad Social Integral de personas naturales y jurídicas residentes en Colombia y en el exterior.
Detalles Consultoría

 

Colaborando con el bienestar y calidad de vida de Colombianos
Indemnización sustitutiva

Para recuperar la Indemnización Sustitutiva o Devolución de Saldos de nuestros clientes, realizamos lo siguiente:

1
Recopilación de la documentación exigida por la Administradora.
2
Estudio y revisión de la documentación.
3
Sugerencias para el arreglo de las inconsistencias detectadas.
4
Entrega de la información a la Administradora.
5
Seguimiento de la Solicitud.
6
Apoyo jurídico y legal si es necesario para la pronta solución.
7
Revisión de la liquidación de la Prestación Económica cuando sea emitida.
8
Reclamación y redacción de los Recursos legales de apelación.
9
Seguimiento y solución de la reclamación hasta obtener resultados favorables.

REQUISITOS

La Indemnización sustitutiva es el derecho que se genera cuando un afiliado no cumple con el requisito de semanas cotizadas para obtener una pensión, ya sea de VEJEZ, INVALIDEZ O SOBREVIVIENTES. Por Vejez: Se otorga a las personas que han cumplido la edad para obtener la pensión de vejez y no han cotizado el mínimo de semanas exigidas por la Ley y declaren su imposibilidad de seguir cotizando. Para Sobrevivientes: Se otorga a los miembros de grupo familiar del afiliado, que al momento de su muerte no hubiese cumplido los requisitos de cotización para generar ese derecho. Por Invalidez: Se otorga al afiliado que al momento de invalidarse no hubiere cumplido los requisitos de semanas cotizadas exigidas por la Ley.

Mas

DOCUMENTOS NECESARIOS

1 Fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía. Para las cédulas nuevas, la fotocopia debe ser preferiblemente a color.
2
Registro Civil de Defunción del afiliado en donde se establezca claramente la causa de la muerte; en el evento que el Registro no sea claro respecto de la causa de la muerte, se debe aportar además, documentos en los cuales conste la causa de la muerte (certificado de defunción, copia de la historia clínica, certificado médico, certificado expedido por el DANE, etc.).
3
Si el causante era afiliado y se deben contabilizar tiempos públicos para la pensión, certificados de tiempos de servicio, en los cuales consten las entidades de previsión social para las cuales se aportó en pensión.
4
Declaración extra-juicio ante notaría (Consulado si es residente en el exterior) de que no recibe Pensión de Jubilación o de Vejez alguna.
5
Certificado de Supervivencia con tiempo menor de 1 mes (Consulado si es residente en el exterior).
6
Poder autenticado antes el Consulado si es residente en el exterior. Requisitos Obligatorios Especiales para Cónyuges y/o Compañeras.
7
Cónyuge: Registro Civil de Nacimiento y Registro Civil de Matrimonio. Fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía. Para las cédulas nuevas, la fotocopia debe ser preferiblemente a color.
8
Compañera o compañero: Registro Civil de Nacimiento y Fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía. Para las cédulas nuevas, la fotocopia debe ser preferiblemente a color.
9
Declaración jurada del cónyuge o compañero(a) en la cual se establezca la convivencia con el causante, el tiempo de duración de la misma y de existir sociedad conyugal anterior no disuelta, informar la identificación de quien fue la pareja y el tiempo de convivencia con la misma.
10
En el evento de existir separación de hecho entre cónyuges, se debe establecer en la declaración sí existe sociedad conyugal vigente o no.
11
Declaración extraproceso rendida por terceros, en la cual conste convivencia entre el solicitante y el asegurado fallecido, así como el término de la misma. Requisitos Obligatorios Especiales para Hijos.
12
Registro Civil de Nacimiento y fotocopia ampliada del documento de identidad.
13
Si son mayores de edad, aportar además certificados de estudio con la constancia de cumplir satisfactoriamente con las condiciones académicas establecidas en el artículo 15 del decreto 1889 de 1994 y declaración jurada en la cual se establezca la fuente de sus ingresos para subsistir.
14
Si son inválidos, dictamen médico laboral emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez correspondiente en el cual se especifique si el beneficiario necesita o no la designación de curador y declaración jurada relacionada con la fuente de sus ingresos para subsistir.
15
Si el beneficiario necesita curador, se debe aportar además de lo anterior, copia auténtica de la sentencia de interdicción debidamente ejecutoriada, junto con constancia de discernimiento del cargo de curador, aceptación del mismo y constancia de posesión por parte del curador o representante legal del beneficiario. Además se debe aportar fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía del mismo. Requisitos Obligatorios Especiales para Padres.
16
Fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía.
17
Registro Civil de Nacimiento del causante.
18
Declaración jurada en la cual se establezca la fuente de sus ingresos para subsistir. Requisitos Obligatorios Especiales para Hermanos Inválidos.
19
Fotocopia ampliada de la Cédula de Ciudadanía.
20
Registro Civil de Nacimiento del recurrente y del causante.
21
Dictamen Médico Laboral emitido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez correspondiente.
22
Declaración jurada en la cual se establezca la fuente de sus ingresos para subsistir. Documentos Voluntarios Generales a Todos los Solicitantes . Información sobre el (los) número(s) de afiliación al ISS anterior a 1984, si los tiene.

DURACION DEL TRÁMITE Siete a nueve meses.

 

Enlaces Financieros útiles
Publicaciones económicas, estadísticas financieras, legislaciónes,eventos y memorias.
Se identifica Ud?
Usted alguna vez cotizó en Colombia pensando en una pensión.
Su conyuge ó padres ya fallecidos, alguna vez cotizaron para pensión en Colombia
Tengo un un bono pensional muy alto pero todavia no tengo la edad para pensionarme puedo retirar ese dinero? Más.....
Próximos Eventos
Visita a la Florida
Nuestros expertos asesores visitarán próximamente la ciudad de Miami donde dictarán charlas a los Colombianos residentes en esta ciudad. Para estar Ud. enterado favor suscríbase a nuestro boletín de noticias.
Disfrute de nuestras noticias
Email:  
Compañía:Pagos:Servicios:Seguros:Preguntas:Contáctenos:Socios :Mapa del sitio
pensionescolombia.Com © 2009 • Politicas de privacidadTérminos de uso
Comodo SSL Certificate