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Detalles Consultoría

 

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Trámite de auxilio funerario

Asesoramos a los beneficiarios en el cobro del auxilio funerario cuando fallece el afiliado o pensionado. Debido a que en ese tiempo difícil por el dolor de la pérdida del ser querido, nuestra empresa le ofrece un apoyo con la gestión del cobro de esta prestación para que el beneficiario afectado obtenga beneficios económicos.

REQUISITOS

El Auxilio Funerario es una prestación económica adicional que se reconoce a quien compruebe haber sufragado los gastos de entierro de un afiliado o pensionado por vejez o invalidez. En el caso de muerte del afiliado es indispensable que éste se encuentre cotizando y esté al día en sus pagos al momento de su muerte. Monto: Es equivalente al último salario base de cotización del afiliado fallecido o al valor correspondiente a la última mesada del pensionado fallecido. En ningún caso el valor del Auxilio Funerario puede ser inferior a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.

Mas

DOCUMENTOS NECESARIOS

1. Formato de diligenciamiento de solicitud del auxilio.
2
. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía del causante.
3
. Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía o NIT del beneficiario del Auxilio.
4
. Factura original a nombre de la persona natural o jurídica que haya sufragado los gastos debidamente cancelada junto con el recibo de caja. Debe agregarse, por lo menos, para las grandes ciudades la factura de venta, ésta deberá contener los requisitos para la expedición de la misma, como la Resolución de la DIAN , nombre, número consecutivo, razón social, etc.
5.
Registro Civil de Defunción con sello original de la Notaría.
6
. Certificación de una cuenta bancaria (de ahorros o corriente), con fecha de expedición no mayor de 30 días, a nombre de la persona natural o jurídica beneficiaria del auxilio, dicha cuenta no puede ser compartida, debido a que el programa de pagos que maneja la Gerencia Nacional de Tesorería no lo permite.
7
. Cuando el trámite del auxilio funerario deba adelantarse para los herederos del afiliado o pensionado que suscribió el contrato exequial, deberán anexarse además de los documentos arriba indicados, los siguientes:
A Carta de autorización de los demás herederos a un solo heredero debidamente autenticada.
B
Fotocopia de la Cédula de ciudadanía de todos los herederos.
C
Declaración extrajuicio en donde se manifieste bajo la gravedad del juramento que son los únicos herederos del fallecido.
D
Registro Civil de Nacimiento de los herederos.
E
Fotocopia del Contrato exequial. En caso de muerte por accidente de tránsito se debe recepcionar la solicitud y devolverla mediante oficio motivado explicando que la obligación de reconocer el auxilio funerario corresponde a la Compañía Aseguradora que expidió el SOAT. A los documentos referidos deberá solicitarse y anexarse fotocopia de la póliza de la compañía aseguradora (SOAT).

DURACIÓN DEL TRÁMITE Siete a nueve meses.

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Usted alguna vez cotizó en Colombia pensando en una pensión.
Su conyuge ó padres ya fallecidos, alguna vez cotizaron para pensión en Colombia
Tengo un un bono pensional muy alto pero todavia no tengo la edad para pensionarme puedo retirar ese dinero? Más.....
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